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La lógica de las relaciones cívico-militares

25 de marzo de 2021
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La lógica de las relaciones cívico-militares

El mostrador, 25 de marzo 2020

Si entendemos el contrato social que existe entre la sociedad y sus FF.AA., todo estará bien. El problema aparece cuando no entendemos la lógica de la relación o, entendiéndola, queremos modificarla, a objeto de llevarlas a temas que no están definidos en la Constitución o buscar llevar su apoyo a una determinada posición política, degradarlas con el fin de que no puedan realizar el trabajo que les tenemos encomendado, o realizamos acusaciones infundadas que exigen que los mandos salgan a defenderse o aclarar algo que no se ajuste a la realidad, acusándolos incorrectamente de deliberar y exigiendo las renuncias de quienes hayan correctamente hecho uso del derecho de defensa.

En tiempos en que las Fuerzas Armadas están desplegadas en modo pandemia bajo el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, o cuando se les está buscando involucrar en aspectos de Seguridad Interior de la Macrozona Sur o ya están involucradas, como es el caso del apoyo logístico y tecnológico que prestan a las policías en la frontera norte en temas de operaciones antinarcóticos o en el control de inmigración ilegal a través de pasos fronterizos con Bolivia, es importante entender la lógica de la relación cívico-militar, cómo cuidarla, a objeto que no se tensione y, eventualmente, llegue a romper con las consecuencias que ello implica para el normal y democrático desarrollo de la sociedad.

Las sociedades democráticas liberales occidentales delegan en sus Fuerzas Armadas y policías el monopolio de las armas, para que ejerzan por cuenta del Estado el uso de la fuerza cuando ella sea requerida. Esa delegación de rango constitucional va acompañada por la exigencia de subordinación al Poder Ejecutivo (equivocadamente llamado poder civil) y adicionalmente se les exige no participar en política, que en el caso de Chile se define como que no sean deliberantes.

Esta última, una palabra poco precisa y abierta a malas interpretaciones, ya que el acto de deliberar es el que realiza el deliberante, que es el que delibera, y deliberar es algo que se entiende mejor cuando se miran los sinónimos. Estos son meditar, pensar, reflexionar, analizar, considerar, examinar, tratar, debatir, discutir, disputar, resolver, decidir, determinar, acordar, fallar y, así, podemos seguir y llegar a concluir que no necesariamente deliberar es realizar un acto político. ¿Por qué detenerse tan largo en este punto? Por la simple razón de que buena parte de los problemas de la relación cívico-militar se dan cuando generales y almirantes con justa razón opinan sobre algo, sin que ello implique que estén apoyando a una determinada facción política o decidiendo en favor de una determinada situación que sea altamente combustible o contingente.

También a cuenta de la obediencia y no involucramiento en política, las sociedades occidentales las cuidan de involucrarlas en temas que no les son propios o no establecidos en la Constitución y buscan que se dediquen a sus funciones principales de defensa del territorio, la soberanía y el interés nacional. Adicionalmente –y aparte de la normal exigencia de que sean bien administradas, éticas y profesionales–, reconocen ciertas características de la profesión de las armas por la vía de sistemas de remuneración y pensiones, que se hacen cargo de las características del servicio que dan, que incluyen entre otras cosas estar dispuestas a dar su vida por su país (caso de Chile), traslados y exigencias familiares que los civiles no tienen y el no cobro de horas extras que sí tienen otras actividades.

Si cuidamos lo indicado en los párrafos anteriores y entendemos el contrato social que existe entre la sociedad y sus Fuerzas Armadas, todo estará bien. El problema aparece cuando no entendemos la lógica de la relación o, entendiéndola, queremos modificarla, a objeto de llevarlas a temas que no están definidos en la Constitución o buscar llevar su apoyo a una determinada posición política o, bien, se busca degradarlas con el fin de que no puedan realizar el trabajo que les tenemos encomendado o, por último, realizamos acusaciones infundadas que exigen que los mandos salgan a defenderse o aclarar algo que no se ajuste a la realidad y la verdad, acusándolos incorrectamente de deliberar y exigiendo las renuncias de quienes hayan correctamente hecho uso del derecho de defensa.

Para finalizar, aparte de entender la lógica de la relación y el contrato social que existe entre ambas partes, es recomendable no caer en la tentación de ir corriendo el cerco de a poco (caso Decreto 265) y que tanto unos como otros siempre piensen bien lo que van a decir en público y, así, no generar más tensiones de las que ya vivimos y viviremos por un tiempo, pues no queremos pasar de las palabras a las acciones, como muchas veces ocurre entre seres humanos en situaciones acaloradas o de crisis.

Richard Kouyoumdjian
Vicepresidente AthenaLab

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