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Estado de sitio en la Araucanía

1 de febrero de 2021
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Estado de sitio en la Araucanía

Uno de los errores de apreciación más comunes que se suelen hacer es pensar que las Fuerzas Armadas son una especie de policías, pero con mayor poder de fuego, blindaje, calibres, etc. Este error de apreciación se entiende puesto que las policías y las FF.AA. comparten un factor común cuál es el ejercicio del monopolio exclusivo del uso legítimo de la fuerza que tiene el Estado. Pero aparte de eso, las policías y las FF.AA. tienen roles y formas de operar que son totalmente distintas, dependen de ministerios distintos y en el caso de las policías son el nexo directo entre dos poderes autónomos del Estado.

Las policías actúan para dar eficacia al derecho sobre la base de su labor de prevención del delito, órdenes de investigar del Ministerio Público y la ejecución de sentencias del Poder Judicial. Además, en el caso del orden público, actúan bajo disposiciones ejecutivas que los gobernadores provinciales imparten, en cuanto son delegados del Presidente de la República. Se entiende que para que todo esto suceda, bajo un concepto de territorialidad, las policías actúan de acuerdo con el estado de derecho, al interior de territorio soberano de la República de Chile, donde ese estado de derecho tiene vigencia.

Las FF.AA., en cambio, tienen un rol principal en garantizar que la soberanía nacional sea efectiva y tenga plena vigencia en nuestras fronteras, generando el bien público Seguridad Nacional, para que las actividades normales del país, incluida la vigencia del estado de derecho, sea resuelto por nuestras autoridades democráticamente elegidas, con el funcionamiento de las instituciones que soberanamente hemos decidido que existan, sobre la base de las leyes que nos hemos dado. Si en algún momento parte del territorio nacional se ve amenazado, o bien, deja de estar bajo soberanía nacional y, por tanto, no existe el estado de derecho ni funcionan nuestras leyes e instituciones, entonces actúan las FF.AA. Esta participación de las FF.AA. está prevista en nuestra Constitución Política bajo los denominados estado de excepción constitucional que son situaciones especialísimas y muy graves. Los estados de catástrofe y de emergencia son ampliamente conocidos por la población, no así los estados de sitio y de asamblea que hace décadas no se utilizan.

Nos interesa el estado de sitio, toda vez que su aplicación ha sido requerida por parte de la ciudadanía ante la grave situación de la Araucanía. El estado de sitio está tipificado para dos situaciones, conmoción o guerra internas. Nunca ha sido aplicado después de la reforma procesal penal que instauró los tribunales de garantía en nuestro país y, sin lugar a duda, su aplicación va a generar conflictos graves de competencia en su implementación para determinar cómo funcionarán los tribunales militares, en caso de guerra interna, o cuáles garantías se restringirán en caso de conmoción interna. En el centro de este proceso estará la voluntad política y el alcance de los decretos de nombramiento de los jefes de la defensa nacional a cargo de conducir, en representación del Presidente de la República, estos estados de excepción.

La situación descrita es parte de la complejidad institucional del Estado que la insurgencia revolucionaria explota, no solamente en Chile, sino en el mundo. A los agentes del Estado se les exige actuar dentro del marco de las leyes de un estado de derecho que no tiene vigencia en la realidad del territorio bajo condición de excepción constitucional, enfrentando a fuerzas irregulares que se amparan en las leyes de garantía y de derechos humanos que ellos mismos violan y mañosamente utilizan, para restarle eficacia a las instituciones encargadas de defender al estado de derecho. La insurgencia revolucionaria aprovecha la ausencia de estado de derecho que ha provocado para utilizar el delito como medio para financiarse y las reivindicaciones de tierras para tener bases de apoyo. Ahí profitan de la instalación del crimen organizado al que le cobran por operar en zonas controladas por ellos.

Las policías tienen capacidad operacional y de fuego suficientes para hacer frente a la delincuencia revolucionaria. Pero para poder hacerlo, tendrían que entrar a actuar como insurgentes también en el plano táctico. Las FF.AA. tienen capacidades de sobra para enfrentar a la insurgencia revolucionaria, siempre y cuando se decrete esa zona como una zona de guerra, donde hay que recuperar la soberanía del Estado y controlar esos espacios territoriales.

El problema es político en su naturaleza. La violencia armada, el narcotráfico, el robo de madera, las reivindicaciones étnicas, son todas manifestaciones que son aprovechadas y manipuladas por la insurgencia revolucionaria para actuar con ventaja y con libertad de acción en contra de los agentes del Estado.

La mejor forma -y tal vez la única- de parar este descalabro que padece la sociedad, es la manifestación clara y contundente, pacífica, inequívoca y masiva de los mapuches a quienes la insurgencia revolucionaria dice representar, de que rechaza la violencia, la delincuencia y el abuso. La manifestación clara, masiva e indiscutible del pueblo chileno, mapuches incluidos, de que rechaza la violencia, el fuego y las armas para la conquista de objetivos políticos. Mientras eso no se dé, no hay legitimidad para imponer por la fuerza de las armas el estado de derecho y la soberanía del Estado en la Araucanía.

Meter a las FF.AA. en un problema de esta naturaleza, sin especificar que el territorio donde van a operar es una zona de guerra, es un error. Las obligarían a actuar en una forma híbrida para la que no están diseñadas, equipadas, ni entrenadas. Las FF.AA. deben ser reservadas para lo que se conoce como ultima ratio, cuanto todo el resto fracasa. Si tienen que emplearse en esa condición, tienen que ser decisivas, puesto que no queda nada más, son el último recurso. El grave problema que enfrenta el gobierno es que la situación de orden público está tan quebrantada que son los mismos civiles afectados por la impunidad de la delincuencia subversiva quienes van a empezar a tomar la justicia en sus manos y esa es una situación extrema que nadie quiere.

Las FF.AA. no se mandan solas. Las FF.AA. están subordinadas al Presidente de la República. No se trata de “traspasarles” a las FF.AA. el problema como si fueran un ente distinto del Estado de Chile y un poder autónomo. Las FF.AA. constituyen el instrumento militar del poder nacional del Estado y dependen de la voluntad política del presidente, quien es su mando superior y a quien están subordinadas, por lo tanto, no son una solución independiente, sino que son una herramienta más, en manos del presidente, para solucionar los problemas y alcanzar los objetivos del Estado de Chile

 

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